PREÁMBULO

    Artículo 1.

    Se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, que figura en el anexo de la presente disposición.

     

    Artículo 2.

    El Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".